ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Caspe, relativo a procedimiento ordinario 29/2003.

Publicado el 14/01/2005 (Nº 6)
Sección: BOA IV. Administración de Justicia -
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
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Texto completo:

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Caspe, relativo a procedimiento ordinario 29/2003.

Doña Leticia Palomera Sánchez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia de Caspe, hace saber: Que en el procedimiento de juicio ordinario número 132 de 2004 al principio indicado se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Caspe, a 23 de diciembre de 2004. Vistos por María Jesús Gómez Soria, Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Caspe y su partido, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 132 de 2004 entre partes:

Demandante: Doña Cinta Nuez Félez, mayor de edad, con domicilio en Barcelona, calle Parcerisas, número 17-19. Escalera C-4º-1ª y representada en autos por el procurador Sr. Albiac Guiu y asistida por el Letrado Sr. Repollés.

Demandada: Herederos legales desconocidos y la herencia yacente de don Juan Antonio Mateo Barceló, que no han comparecido en forma, siendo declarada su rebeldía.

Causa: Acción de división de cosa común.

Fallo: Estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Albia, en nombre y representación de doña Cinta Nuez Félez, contra la herencia yacente y herederos legales desconocidos de don Juan Ignacio Mateo Barceló, declaro la extinción de la situación de condominio existente entre las partes sobre la finca descrita en el hecho primero de esta sentencia (urbana, casa en la calle Puerta del Muro, número 14, de Caspe, linda derecha entrando Luis Montané, izquierda Barbacana y fondo Felipe Centol. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Caspe al tomo 169, libro 78, folio 50, finca 9684), así como la condición de indivisible de la misma, debiendo procederse a la venta de la citada finca en pública subasta, con el tipo en que se tase pericialmente, con intervención de las partes pudiendo hacer posturas en calidad de ceder el remate a tercero y con admisión de licitadores extraños, haciéndose posteriormente reparto del producto de la venta entre las partes en proporción a sus respectivas participaciones en la finca, descontando de la parte correspondiente a la demandada para su entrega a la actora la cantidad equivalente a la mitad de los gastos soportados por ésta según los recibos aportados y hasta la fecha de la adjudicación.

Asimismo, condeno a la parte demandada al pago de todas las costas del procedimiento.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo civil de la audiencia provincial de Zaragoza; recurso que habrá de presentarse en este juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Firmada, rubricada y publicada la anterior sentencia.»

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Herencia Yacente y herederos legales desconocidos de don Juan Ignacio Mateo Barceló, se extiende la presente para que sirva de notificación a dicha parte demandada.

Caspe, 30 de diciembre de 2004.-El Secretario.